Breve reflexión sobre La teoría de la justicia
Luis Figueroa*
La primera
versión de estas reflexiones sobre La
teoría de la justicia -publicada en el foro del Seminario de Filosofía de
la Universidad Francisco Marroquín- recibió varias críticas y observaciones. Algunas tenían razón; pero otras se debieron
a que mi texto no estaba claro en los puntos señalados. En esta versión he revisado el texto y he
tratado de aclararlo.
Para Rawls,
en Teoría de la Justicia capítulo II, que es el texto que en su momento
estudiamos en el Seminario, “la justicia es la primera virtud de las
instituciones sociales, como la verdad lo es de los sistemas de
pensamiento” y como, según él, la ley vigente es una institución social, la
justicia debe ser su primera virtud.
Un concepto
que me gusta, de Rawls, es el del “velo de la ignorancia”. Según este, si los hombres no supieran que
papel les va a tocar en la sociedad, al “diseñar” el “contrato social” o al
legislar, los hombres escogerían criterios imparciales para la asignación de
derechos y deberes; y, por supuesto, para la distribución de ventajas obtenidas
de la cooperación social.
Sabemos,
claro, que el orden social es un orden espontáneo que no responde a diseño
alguno y que no encuentra su génesis en contrato alguno; empero, dentro de este
kosmos existen grupos de interés, e
individuos, que no se resisten a la tentación de constituirse en “fuerzas
ordenadoras”. Precisamente para estas
pretendidas fuerzas, veo útil el concepto del “velo de la ignorancia”.
También sabemos
que los derechos no se “asignan” y que en su ejercicio no hay más deber que el
de respetar los derechos ajenos; pero Rawls cree que aquel “velo de la
ignorancia” asegura que los acuerdos fundamentales alcanzados en una
legislatura constructivista y ordenadora sean imparciales porque nadie sabe dónde
y cómo va a quedar su situación y, por lo tanto, es un incentivo para buscar el
establecimiento de reglas iguales para todos y que no creen desventajas para
nadie. Un estado de cosas que debería
guiar la actividad legislativa en cualquier hemiciclo parlamentario, o en
cualquier tribunal.
En aquellas
condiciones Rawls supone que nadie escogería una repartición desigual de
derechos y deberes y nadie optaría por la restricción de su libertad más que en
lo absoluta y mínimamente necesario, situación que vuelve a ser deseable a la
hora de aprobar cualquier normativa que pretendiera tener carácter de ley. Ley, en el sentido hayekiano de nomos, o norma general y abstracta.
Rawls
aclara que la posición original y el contrato social no son reales; pero que
son abstracciones útiles para entender los criterios fundamentales de la
naturaleza humana que nos llevan a la “formulación” de leyes. Puesta así, la posición de Rawls resulta
racionalista y constructivista. Implica que
las personas formulan leyes racionalmente diseñadas en el marco de un contrato
fundamental para la vida en sociedad. ¿Es
posible, entonces, que encajen en la búsqueda de una teoría de la justicia, de
carácter liberal?
Talvez
halando las cosas si tomamos en cuenta que Rawls define la justicia como
equidad (de forma política, claro). Pero, ¿qué puede ser equidad para que no
sólo sea un concepto pragmático, sino un principio útil para la consecución y
el mantenimiento de la cooperación social pacífica? Según Ayn Rand, es el
resultado de un juicio basado en todas las evidencias relevantes disponibles. De modo que, ¿cuándo es justo un juicio emitido?
Cuando para llegar a él ha habido evidencia suficiente, cuando ninguna
evidencia ha sido dolosa, o culposamente ignorada, y cuando, en su emisión, han
sido incluidos todos los elementos que sean hechos comprobables. Así, equidad es ausencia de injusticia.
A estas
alturas supongo que justicia si puede ser equidad, de acuerdo con la definición
randiana de equidad. Pero obviamente que
no puede ser el resultado de leyes racionalmente diseñadas en el marco de un
contrato social para que no haya diferencias entre las personas; y menos para
que unos puedan reclamar de otros paquetes básicos de bienes y servicios, sin
tener que pagar por ellos. Aclaro esto
porque Rawls propone ciertos “deberes naturales” entre los que incluye la ayuda
mutua. Aspecto que si bien corresponde a
un acto de caridad y de buena voluntad, no cabe en la búsqueda de un concepto
útil de justicia. Util, digo, para la
cooperación social pacífica.
Empero,
¿qué tal si tras largos siglos de prueba y error descubrimos cuáles son las
leyes que garantizan y favorecen la cooperación social pacífica? ¿Cuál es el instrumento que nos permite hacer
este descubrimiento? La razón, que según explica Ayn Rand “es la facultad que
identifica e integra el material provisto por los sentidos humanos” y que al
hacerlo “por medio de abstracciones o concepciones, eleva el conocimiento
humano del nivel preceptual, que
comparte con los animales, al nivel conceptual
que sólo el hombre puede alcanzar”. Rand
deja claro que “la razón es el único medio del hombre para entender la realidad
y de adquirir conocimiento”.
Entonces,
puede ser que la razón sea el único medio para descubrir qué es evidencia y qué
no, así como para juzgar con equidad y para descubrir qué prácticas funcionan y
qué prácticas no funcionan para garantizar la cooperación social pacífica, y para
ser adoptadas como leyes. No matar, por
ejemplo.
Talvez es
que me gusta mucho el concepto político del “velo de la ignorancia” y quiero
hacerlo encajar; pero en un sistema consuetudinario la conexión
racionalidad-descubrimiento-justicia (como equidad) parece evidente; en tanto
en un sistema positivista (como el guatemalteco), si se ha de buscar la justicia
sería mejor que la racionalidad de los legisladores fuera ejercida con el velo
de la ignorancia puesto, a modo de antídoto contra la búsqueda de rentas
parasitarias; en el entendido de que si el legislador ignora qué posición va a
tener en el sistema y no puede garantizarse ventajas (o garantizárselas a sus
amigos y patrocinadores) existe la posibilidad de que elija normas iguales para
todas, que no creen ventajas para nadie y que no minen la libertad innecesariamente.
*Luis
Figueroa es columnista del diario Prensa Libre y miembro del Seminario de
Filosofía de la Universidad Francisco Marroquín.